Alojamientos Turísticos
Conocé todo sobre el Registro de Alojamientos Turísticos y sus beneficios.

La actividad de alojamientos turísticos se encuentra regulada por la Ley CABA N° 4.631. Dicha norma estableció como autoridad de aplicación al Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, y creó el Registro de Alojamientos Turísticos. El trámite de inscripción es obligatorio para todos los establecimientos en los que se brindan los servicios de alojamiento turístico en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

> Beneficios de estar registrado

 
→ Promoción
- Inclusión del establecimiento en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Integrar la oferta oficial de servicios turísticos de la Ciudad de Buenos Aires.
 
→ Asesoramiento
Obtener del Ente de Turismo, cuando proceda, su intervención y respaldo en las gestiones que realice ante otros organismos públicos.
 
→ Capacitaciones
Participar de los Programas de Capacitación Turística y Calidad Turística que lleve a cabo o promueva el ENTUR, en conjunto con otros organismos locales y nacionales.  
 
→ Información sobre el mercado y desarrollo
- Recibir periódicamente el informe del Observatorio Turístico con estudios actualizados relativos al mercado.
- Recibir información con la oferta Turística desarrollada desde el ENTUR.
 
→ Solicitud de dársena de ascenso y descenso
Opción de solicitar una dársena de ascenso y descenso de pasajeros para hoteles con más de 30 habitaciones.
 

 

> ¿Cómo me registro?

El trámite de registro se realiza de forma online y gratuita, con tu Clave Ciudad en el Sistema de Trámites a Distancia (TAD)→ seleccionando la opción “TAD - Jefatura de Gabinete de Ministros”→ luego, utilizando la barra de búsqueda para encontrar el ítem llamado “Inscripción Registro de Alojamientos Turísticos”.
 
Deberás completar el formulario TAD y acompañar la siguiente documentación:
 

→ Documentación obligatoria:   

Plancheta de habilitación comercial.

→ Documentación obligatoria para personas jurídicas:      

Estatuto social con inscripción en IGJ.
Acta de designación de autoridades.

→ Documentación opcional:

Poder al firmante o designación (en caso de corresponder).

 

¡Iniciá el trámite!

 

Mirá el video: Cómo activar tu Clave Ciudad nivel 2, para acceder a Trámites a Distancia (TAD).

 

Por consultas sobre la plataforma TAD, por favor, escribí a: tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar.
Si ya terminaste el proceso de inscripción ante el Registro, conocé cómo descargar tu credencial o certificado con firma digital.
 

La Ley 2443 establece la obligatoriedad de todos los prestadores turísticos de la ciudad de Buenos Aires a exhibir el cartel contra la explotación sexual comercial de menores. Descargalo acá: modelo de cartel exigido por la Ley 2443.

 

> Descargá el listado completo de Alojamientos Turísticos Registrados

Ahora podés conocer todos los alojamientos registrados.

 

 

Descargá el mapa con los atractivos de la Ciudad

Este mapa, con toda la información y la localización de los principales atractivos turísticos, es otra herramienta para seguir mejorando el servicio de atención a los turistas.

Mapa liviano | 2MBMapa alta definición | 8MB


Contacto
Email: registroentur@buenosaires.gob.ar
Sub Gerencia Operativa Registro de Actividades y Prestadores Turísticos
Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.
Dirección: Uspallata 3160, Parque Patricios.

 

Importante: Se recuerda que todos los trámites habilitados ante el Registro de Actividades y Prestadores Turísticos son totalmente gratuitos, virtuales y remotos. Es decir, la atención presencial a prestadores turísticos se encuentra suspendida, a excepción de aquellos casos en los que se haya otorgado un turno con fecha específica y por motivos justificados. Para gestionar un turno, por favor escribir a registroentur@buenosaires.gob.ar, indicando los motivos por los que se precisa la atención presencial.  No se recibirán consultas presenciales sin un turno previo.