Todos los establecimientos en los que se brindan los servicios de alojamiento turístico en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de estar inscriptos en el Registro de Alojamientos Turísticos, que forma parte del Registro de Prestadores Turísticos Ley CABA Nº 600.
La actividad de alojamientos turísticos se encuentra regulada por la Ley CABA N° 4.631, que establece como autoridad de aplicación al Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y creó dicho registro.
Para iniciar este trámite, deberás completar los datos detallados en la solicitud y adjuntar la siguiente documentación:
→ Documentación obligatoria:
Plancheta de habilitación comercial.
→ Documentación opcional:
Poder al firmante o designación (en caso de corresponder).
IMPORTANTE: La normativa vigente exige a los alquileres temporarios turísticos y a los guías de turismo de sitio, que obligatoriamente se inscriban en sus respectivos registros. En esos casos, existen trámites específicos.
El trámite de registro se realiza a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) .
Para eso, debés contar con un usuario y una clave miBA de nivel 2 ó 3. Conocé más sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
Ingresá a “Inscripción al Registro de Prestadores Turísticos”, y en Paso 2, Datos del trámite, elegí la categoría “Alojamiento Turístico - Hotel, Hostel, Hospedaje, etc”.
Si tenés alguna duda sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, ingresá a Plataforma miBA .
Por consultas sobre la plataforma TAD, podés escribir un correo electrónico a tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar
→ Solicitud de dársena de ascenso y descenso
Podrás solicitar una dársena de ascenso y descenso de pasajeros para hoteles con más de 30 habitaciones.
→ Información sobre el mercado y desarrollo
- Recibirás periódicamente el informe del Observatorio Turístico del Ente de Turismo, con estudios actualizados relativos al mercado.
- Recibirás información relacionada con la oferta turística desarrollada desde ese mismo organismo.
→ Promoción
- Tu establecimiento será incluído en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Integrará la oferta oficial de servicios turísticos de la Ciudad de Buenos Aires.
→ Capacitaciones
Participarás de los Programas de Capacitación Turística y Calidad Turística que lleve a cabo o promueva el Ente de Turismo de la Ciudad, en conjunto con otros organismos locales y nacionales.
→ Asesoramiento
Cuando sea pertinente, obtendrás la intervención y respaldo del Ente de Turismo en las gestiones que realices ante otros organismos públicos.
Por consultas o más información sobre el trámite, podés comunicarte por correo electrónico escribiendo a registroentur@buenosaires.gob.ar.
Sub Gerencia Operativa Registro de Actividades y Prestadores Turísticos
Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.
Dirección: Av. Martín García 464, Barracas.
Importante: todos los trámites habilitados ante el Registro de Prestadores Turísticos son totalmente gratuitos, virtuales y remotos. Es decir, sólo se dará atención presencial a prestadores turísticos en casos excepcionales, en los que se haya otorgado un turno con una fecha específica y por motivos justificados.
Si necesitás gestionar un turno para ser atendido personalmente, por favor, escribí a registroentur@buenosaires.gob.ar, indicando los motivos por los que precisás esa modalidad. No se recibirán consultas presenciales sin un turno previo.
La Ley 2443 establece la obligatoriedad de todos los prestadores turísticos de la ciudad de Buenos Aires a exhibir el cartel contra la explotación sexual comercial de menores. Descargalo acá: modelo de cartel exigido por la Ley 2443.
Te acercamos este mapa para que puedas sugerirle a tus huéspedes cómo moverse fácilmente por Buenos Aires. Tiene toda la información necesaria y la localización de los principales atractivos turísticos.
Mapa liviano | 2MBMapa alta definición | 8MB