Registro de guías de turismo
La actividad de guías de turismo se encuentra regulada por la
Ley CABA N° 1.264. Dicha norma creó al Registro de Guías de Turismo, el cual se encuentra bajo la órbita del Ente de Turismo. La inscripción en dicho Registro es obligatoria para todas aquellas personas que quieran ejercer la actividad de guía de turismo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cualquiera de sus categorías: local, temático y de sitio.
¿Cómo me registro?
El trámite de registro se realiza de forma online y gratuita, con tu
Clave Ciudad en el Sistema de Trámites a Distancia (TAD)→ seleccionando la opción “TAD - Jefatura de Gabinete de Ministros”→ luego, utilizando la barra de búsqueda para encontrar el ítem llamado “Inscripción al Registro de Guías de Turismo”.
¿Quiénes deben inscribirse en el Registro de Guías de Turismo?
La inscripción en el Registro es obligatoria para todas aquellas personas que presten servicios de recepción, acompañamiento, orientación, y transmisión de información a personas o grupos en visitas y/o excursiones, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En ese sentido, la ley establece tres categorías:
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Guía Local: su actividad comprende la recepción, el desplazamiento, acompañamiento, suministro de información y asistencia a personas o grupos de personas en circuitos turísticos que se inicien en la Ciudad, y que se desarrollen tanto dentro como fuera de ella. Los guías locales únicamente pueden registrarse una vez que posean el título profesional de guía de turismo legalizado.
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Guía Temático: su actividad comprende la recepción, acompañamiento y la transmisión de información especializada sobre alguna materia en particular, a personas o grupos de personas en circuitos turísticos en el ámbito de la Ciudad. Los guías temáticos únicamente pueden desempeñarse en un recorrido específico, previamente autorizado por el Ente de Turismo, en base a los conocimientos estrictamente acreditados académicamente.
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Guía de Sitio: es aquel que se desempeña a partir del pedido y aval de un organismo, institución o empresa, sin salir de los límites de un edificio, establecimiento o sitio determinado, para lo que adquirió conocimientos técnicos y prácticos a tal fin.
Para registrarte por TAD, deberás presentar:
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Documentación obligatoria para todas las categorías: Foto 4x4 (en formato JPG). La foto deberá ser a color, tomada dentro de los últimos seis (6) meses, con un fondo liso y claro, donde figure su rostro directamente mirando a la cámara, con una expresión de rostro neutral, sin anteojos ni objetos que cubran su cara.
Accede al instructivo.
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Para la categoría “Guía Local“: título habilitante de guía de turismo legalizado (frente y dorso).
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Para la categoría “Guía Temático“: título de nivel terciario o universitario legalizado que acredite la especialización en la materia de que se trate (frente y dorso). En este caso, el ENTUR solicitará información sobre los detalles del recorrido que pretende realizarse bajo la figura de guía temático.
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Para la categoría “Guía de Sitio”:
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Aval expedido por la institución donde cumple sus funciones, firmado por el representante legal.
Descargar modelo.
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Acta de designación de autoridades de la institución o instrumento similar, según se trate de una institución pública o privada.
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Documentación adicional: Certificado que acredite dominio sobre uno o más idiomas.
La Ley 2443 establece la obligatoriedad de todos los prestadores turísticos de la ciudad de Buenos Aires a exhibir el cartel contra la explotación sexual comercial de menores. Descargalo acá: modelo de cartel exigido por la Ley 2443.
También podés ingresar a la landing de guías
buscador de guías oficiales, del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, donde encontrarás a quienes desearon compartir sus datos de contacto, para potenciar sus servicios y propuestas en la Ciudad de Buenos Aires.
CONTACTO
Sub Gerencia Operativa Registro de Actividades y Prestadores Turísticos
Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.
Importante: Se recuerda que todos los trámites habilitados ante el Registro de Actividades y Prestadores Turísticos son totalmente gratuitos, virtuales y remotos. Es decir, la atención presencial a prestadores turísticos se encuentra suspendida, a excepción de aquellos casos en los que se haya otorgado un turno con fecha específica y por motivos justificados. Para gestionar un turno, por favor escribir a
registroentur@buenosaires.gob.ar, indicando los motivos por los que se precisa la atención presencial. No se recibirán consultas presenciales sin un turno previo.